La libertad sindical es un derecho humano reconocido en nuestra Carta Magna en sus artículos 9° y 123 fracción XVI. Sin embargo, estas libertades como derechos que otorga el Estado se encuentran restringidas por la legislación secundaria a través de las denominadas “cláusulas de exclusión sindical en los artículos 395 y 413 de la Ley Federal de Trabajo”.
Por lo tanto, esta iniciativa de ley propone eliminar estos artículos que otorgan el privilegio al patrón para admitir exclusivamente como trabajadores a quienes sean miembros del sindicato contratante, cuando se elabore un contrato colectivo o un contrato de ley; además de despedir a un trabajador cuando éste se separe o sea expulsado de la asociación gremial.
A los trabajadores sindicalizados de Tlaxcala, les dedico esta iniciativa y les informo que estoy trabajando para lograr sindicatos libres y democráticos, que en verdad defiendan los derechos de los trabajadores. Es hora de acabar con las clausulas de exclusión sindical.
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